El pago del septimo dia se calculara tomando como base el importe del salario en una semana de trabajo.
El pago del dia de descanso se hara conforme al salario diario del trabajador.
Para trabajadores que laboran por unidad de obra o a destajo, el salario diario se calcula dividiendo el importe total de los salarios percibidos en la semana entre el numero de dias trabajados.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El pago del septimo dia (prima dominical o dia de descanso) se calcula sobre la base del salario semanal. Para trabajadores con salario variable, se toma el promedio de la semana. Este derecho es irrenunciable y su omision genera salarios caidos. Las empresas deben incluir este concepto en su nomina y verificar que el calculo sea correcto para trabajadores con comisiones o destajo.
Art. 82. Concepto de salario
Define el salario como la retribucion que debe pagar el patron al trabajador por su trabajo. Puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comision, a precio alzado o de cualquier otra manera.
Art. 69. Descanso semanal obligatorio
Establece que por cada seis dias de trabajo, el trabajador disfrutara de por lo menos un dia de descanso con goce de salario integro. En trabajos que requieran labor continua, se fijara de comun acuerdo el dia de descanso semanal.
Art. 83. Formas de fijacion del salario
Establece que el salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comision, a precio alzado o de cualquier otra manera. Cuando el salario se fije por unidad de tiempo, el trabajador y el patron podran convenir el pago por hora, siempre que no se exceda la jornada maxima legal y no resulte inferior al salario minimo.
Anterior
Art. 107. Prohibicion de multas a trabajadores
Siguiente
Art. 109. Salario base para calculo de prestaciones
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo