LFT

Artículo 108. Pago de salario del septimo dia

El pago del septimo dia se calculara tomando como base el importe del salario en una semana de trabajo.

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Texto Legal

Articulo 108 - Calculo del Pago del Septimo Dia

El pago del dia de descanso se hara conforme al salario diario del trabajador.

Para trabajadores que laboran por unidad de obra o a destajo, el salario diario se calcula dividiendo el importe total de los salarios percibidos en la semana entre el numero de dias trabajados.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El pago del septimo dia (prima dominical o dia de descanso) se calcula sobre la base del salario semanal. Para trabajadores con salario variable, se toma el promedio de la semana. Este derecho es irrenunciable y su omision genera salarios caidos. Las empresas deben incluir este concepto en su nomina y verificar que el calculo sea correcto para trabajadores con comisiones o destajo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 108 del LFT?

El pago del septimo dia se calculara tomando como base el importe del salario en una semana de trabajo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 108 de la Ley del Trabajo?

El pago del septimo dia (prima dominical o dia de descanso) se calcula sobre la base del salario semanal. Para trabajadores con salario variable, se toma el promedio de la semana. Este derecho es irrenunciable y su omision genera salarios caidos. Las empresas deben incluir este concepto en su nomina y verificar que el calculo sea correcto para trabajadores con comisiones o destajo.

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