Se imponen penas de prisión y multas a quienes transfieran bienes culturales infringiendo leyes del país de origen. Este artículo busca proteger el patrimonio cultural internacional.
Al que introduzca al territorio nacional, saque del país o transfiera la propiedad de bienes culturales, infringiendo las disposiciones legales adoptadas en el país de origen de los mismos, se le impondrá prisión de tres a doce años y multa de dos mil a cuatro mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.
Los bienes de que se trate serán incautados y quedarán a disposición de las autoridades del país de origen. Artículo adicionado DOF 13-06-2014
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La importación y exportación de bienes culturales es un área delicada. Los profesionales deben estar informados sobre las leyes internacionales para evitar sanciones.
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