LFMZAAH

Artículo 31. Condiciones de autorizaciones

El Instituto Nacional de Antropología e Historia establecerá los términos y condiciones para los trabajos autorizados en monumentos arqueológicos. Esto incluye las obligaciones de quienes realicen dichos trabajos.

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Texto Legal

En las autorizaciones a que se refiere el artículo anterior, el Instituto Nacional de Antropología e Historia señalará los términos y condiciones a que deban sujetarse los trabajos, así como las obligaciones de quienes los realicen.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los profesionales deben prestar atención a las condiciones impuestas por el Instituto, ya que el incumplimiento puede resultar en la suspensión de los trabajos y sanciones adicionales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 31 del LFMZAAH?

El Instituto Nacional de Antropología e Historia establecerá los términos y condiciones para los trabajos autorizados en monumentos arqueológicos. Esto incluye las obligaciones de quienes realicen dichos trabajos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 31 de la LEY sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Art...?

[IA] Los profesionales deben prestar atención a las condiciones impuestas por el Instituto, ya que el incumplimiento puede resultar en la suspensión de los trabajos y sanciones adicionales.

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