El recurso se desechará si se presenta fuera del plazo o si no se acompaña de la documentación requerida. Esto subraya la importancia de la puntualidad y la correcta presentación.
El recurso se desechará de plano y se tendrá por no interpuesto cuando:
I. Se presente fuera de plazo previsto en el artículo 61 de la presente Ley;
II. No se haya acompañado de la documentación que acredite la personalidad del promovente, o
III. No aparezca suscrito por el Sujeto Obligado o su representante legal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Mantener un control de los plazos y requisitos es esencial para asegurar que el recurso no sea desechado.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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