El límite inferior de la Zona Contigua coincide con el límite exterior del Mar Territorial. Este artículo establece la relación entre ambas zonas.
El límite inferior de la Zona Contigua coincide idénticamente con el límite exterior del Mar Territorial, determinado este último de conformidad con el Artículo 27 de la presente Ley y con las disposiciones pertinentes de su Reglamento y que aparezcan en las cartas reconocidas oficialmente por los Estados Unidos Mexicanos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La comprensión de los límites es esencial para evitar conflictos legales. Los contadores deben estar atentos a las regulaciones que afectan a estas áreas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo