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Artículo 44. Límite inferior de la Zona Contigua

El límite inferior de la Zona Contigua coincide con el límite exterior del Mar Territorial. Este artículo establece la relación entre ambas zonas.

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Texto Legal

El límite inferior de la Zona Contigua coincide idénticamente con el límite exterior del Mar Territorial, determinado este último de conformidad con el Artículo 27 de la presente Ley y con las disposiciones pertinentes de su Reglamento y que aparezcan en las cartas reconocidas oficialmente por los Estados Unidos Mexicanos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La comprensión de los límites es esencial para evitar conflictos legales. Los contadores deben estar atentos a las regulaciones que afectan a estas áreas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 44 del 124?

El límite inferior de la Zona Contigua coincide con el límite exterior del Mar Territorial. Este artículo establece la relación entre ambas zonas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 44 de la LEY del Mar?

[IA] La comprensión de los límites es esencial para evitar conflictos legales. Los contadores deben estar atentos a las regulaciones que afectan a estas áreas.

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