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Artículo 12. Reconocimiento de Delimitaciones

El reconocimiento de actos de delimitación de zonas marinas de otros Estados se hará conforme al derecho internacional y la reciprocidad. Esto es esencial para la diplomacia.

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Texto Legal

El reconocimiento de la Nación a los actos de delimitación de las zonas marinas de otros Estados, se hará con estricto apego a las normas del derecho internacional y con base en la reciprocidad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este articulo es relevante para la diplomacia y el derecho internacional. Los abogados deben considerar las implicaciones legales de estos reconocimientos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del 124?

El reconocimiento de actos de delimitación de zonas marinas de otros Estados se hará conforme al derecho internacional y la reciprocidad. Esto es esencial para la diplomacia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la LEY del Mar?

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