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Artículo 13. Derechos de Países sin Litoral

Se asegura que las autoridades nacionales respeten los derechos de los países sin litoral para enarbolar un pabellón. Esto es clave para la equidad internacional.

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Texto Legal

El Poder Ejecutivo Federal se asegurará de que las autoridades nacionales competentes observen las normas internacionales aplicables que reconocen el derecho de los países sin litoral para enarbolar un pabellón.

CAPITULO II De las Instalaciones Marítimas

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este articulo es importante para la equidad en el derecho marítimo. Los contadores deben estar al tanto de las normativas internacionales que afectan a estos países.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 13 del 124?

Se asegura que las autoridades nacionales respeten los derechos de los países sin litoral para enarbolar un pabellón. Esto es clave para la equidad internacional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 13 de la LEY del Mar?

[IA] Este articulo es importante para la equidad en el derecho marítimo. Los contadores deben estar al tanto de las normativas internacionales que afectan a estos países.

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