LFDA

Artículo 80. Derechos en coautoría

Los derechos sobre obras en coautoría se dividen por partes iguales, salvo pacto en contrario. Se requiere el consentimiento de la mayoría para ejercer derechos sobre la obra.

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Texto Legal

En el caso de las obras hechas en coautoría, los derechos otorgados por esta Ley, corresponderán a todos los autores por partes iguales, salvo pacto en contrario o que se demuestre la autoría de cada uno.

LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Para ejercitar los derechos establecidos por esta Ley, se requiere el consentimiento de la mayoría de los autores, mismo que obliga a todos. En su caso, la minoría no está obligada a contribuir a los gastos que se generen, sino con cargo a los beneficios que se obtengan.

Cuando la mayoría haga uso o explote la obra, deducirá de la percepción total, el importe de los gastos efectuados y entregará a la minoría la participación que corresponda.

Cuando la parte realizada por cada uno de los autores sea claramente identificable, éstos podrán libremente ejercer los derechos a que se refiere esta Ley en la parte que les corresponda.

Salvo pacto en contrario, cada uno de los coautores de una obra podrán solicitar la inscripción de la obra completa.

Muerto alguno de los coautores o titulares de los derechos patrimoniales, sin herederos, su derecho acrecerá el de los demás.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es recomendable que los coautores establezcan acuerdos claros desde el inicio para evitar conflictos futuros. La identificación de las partes de cada autor puede facilitar la gestión de derechos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 80 del LFDA?

Los derechos sobre obras en coautoría se dividen por partes iguales, salvo pacto en contrario. Se requiere el consentimiento de la mayoría para ejercer derechos sobre la obra.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 80 de la LEY del Derecho de Autor?

[IA] Es recomendable que los coautores establezcan acuerdos claros desde el inicio para evitar conflictos futuros. La identificación de las partes de cada autor puede facilitar la gestión de derechos.

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