Los autores que aportan obras para anuncios publicitarios autorizan la omisión del crédito autoral, aunque esto no implica renuncia a sus derechos morales. Este artículo aborda la explotación de obras en publicidad.
Salvo pacto en contrario, se entiende que los autores que aporten obras para su utilización en anuncios publicitarios o de propaganda, han autorizado la omisión del crédito autoral durante la utilización o explotación de las mismas, sin que esto implique renuncia a los derechos morales.
Capítulo III LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
De los Derechos Patrimoniales
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los autores deben ser conscientes de las implicaciones de autorizar la omisión del crédito en publicidad. Es recomendable documentar cualquier acuerdo para proteger sus derechos.
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