LFDA

Artículo 24. Derecho patrimonial del autor

El autor tiene el derecho exclusivo de explotar sus obras, lo que incluye la autorización a terceros. Este artículo establece la base para los derechos patrimoniales en la ley de derechos de autor.

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Texto Legal

En virtud del derecho patrimonial, corresponde al autor el derecho de explotar de manera exclusiva sus obras, o de autorizar a otros su explotación, en cualquier forma, dentro de los límites que establece la presente Ley y sin menoscabo de la titularidad de los derechos morales a que se refiere el artículo 21 de la misma.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los autores deben entender sus derechos patrimoniales para maximizar sus beneficios económicos. La autorización a terceros debe ser cuidadosamente gestionada para proteger sus intereses.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 24 del LFDA?

El autor tiene el derecho exclusivo de explotar sus obras, lo que incluye la autorización a terceros. Este artículo establece la base para los derechos patrimoniales en la ley de derechos de autor.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 24 de la LEY del Derecho de Autor?

[IA] Los autores deben entender sus derechos patrimoniales para maximizar sus beneficios económicos. La autorización a terceros debe ser cuidadosamente gestionada para proteger sus intereses.

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