Las partes pueden solicitar aclaraciones sobre el laudo dentro de los cinco días siguientes a su notificación. Esto permite corregir errores sin modificar el sentido del laudo.
Dentro de los cinco días siguientes a la notificación del laudo, cualquiera de las partes podrá requerir del grupo arbitral, notificando por escrito al Instituto y a la otra parte, que aclare los puntos resolutivos del mimo, rectifique cualquier error de cálculo, tipográfico o cualquier otro de naturaleza similar, siempre y cuando no se modifique el sentido del mismo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La posibilidad de solicitar aclaraciones es una herramienta útil para las partes. Los abogados deben estar atentos a los plazos para ejercer este derecho adecuadamente.
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