LFDA

Artículo 228. Gastos en procedimiento arbitral

Los gastos generados por el procedimiento arbitral serán cubiertos por las partes involucradas. El pago de honorarios del grupo arbitral se regirá por el arancel anual del Instituto.

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Texto Legal

Los gastos que se originen con motivo del procedimiento arbitral serán a cargo de las partes. El pago de honorarios del grupo arbitral será cubierto conforme al arancel que expida anualmente el Instituto.

TITULO XII De los Procedimientos Administrativos

Capítulo I De las Infracciones en Materia de Derechos de Autor

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que las partes involucradas en un arbitraje tengan claridad sobre los costos que asumirán. Se recomienda revisar el arancel del Instituto para prever los gastos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 228 del LFDA?

Los gastos generados por el procedimiento arbitral serán cubiertos por las partes involucradas. El pago de honorarios del grupo arbitral se regirá por el arancel anual del Instituto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 228 de la LEY del Derecho de Autor?

[IA] Es importante que las partes involucradas en un arbitraje tengan claridad sobre los costos que asumirán. Se recomienda revisar el arancel del Instituto para prever los gastos.

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