El Instituto propone tarifas para el pago de regalías, considerando usos y costumbres del sector. Este proceso es fundamental para la regulación del mercado.
Las tarifas para el pago de regalías serán propuestas por el Instituto a solicitud expresa de las sociedades de gestión colectiva o de los usuarios respectivos.
El Instituto analizará la solicitud tomando en consideración los usos y costumbres en el ramo de que se trate y las tarifas aplicables en otros países por el mismo concepto. Si el Instituto está en principio de acuerdo con la tarifa cuya expedición se le solicita, procederá a publicarla en calidad de proyecto en el Diario Oficial de la Federación y otorgará a los interesados un plazo de 30 días para formular observaciones. Si no hay oposición, el Instituto procederá a proponer la tarifa y a su publicación como definitiva en el Diario Oficial de la Federación.
Si hay oposición, el Instituto hará un segundo análisis y propondrá la tarifa que a su juicio proceda, a través de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. LEY FEDERAL DEL DERECHO DE AUTOR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
TITULO XI De los Procedimientos
Capítulo I Del Procedimiento ante Autoridades Jurisdiccionales Denominación del Capítulo reformada DOF 01-07-2020
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las tarifas de regalías son un aspecto crítico para las sociedades de gestión. Es recomendable que los contadores asesoren a sus clientes sobre cómo estas tarifas pueden afectar sus ingresos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo