LFDA

Artículo 21. Facultades de los titulares de derechos morales

Los titulares de derechos morales tienen varias facultades, como decidir sobre la divulgación de su obra y exigir reconocimiento como autores. Este artículo detalla los derechos específicos que poseen.

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Texto Legal

Los titulares de los derechos morales podrán en todo tiempo:

I. Determinar si su obra ha de ser divulgada y en qué forma, o la de mantenerla inédita;

II. Exigir el reconocimiento de su calidad de autor respecto de la obra por él creada y la de disponer que su divulgación se efectúe como obra anónima o seudónima;

III. Exigir respeto a la obra, oponiéndose a cualquier deformación, mutilación u otra modificación de ella, así como a toda acción o atentado a la misma que cause demérito de ella o perjuicio a la reputación de su autor;

IV. Modificar su obra;

V. Retirar su obra del comercio, y

VI. Oponerse a que se le atribuya al autor una obra que no es de su creación. Cualquier persona a quien se pretenda atribuir una obra que no sea de su creación podrá ejercer la facultad a que se refiere esta fracción.

Los herederos sólo podrán ejercer las facultades establecidas en las fracciones I, II, III y VI del presente artículo y el Estado, en su caso, sólo podrá hacerlo respecto de las establecidas en las fracciones III y VI del presente artículo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los autores deben estar al tanto de sus facultades para proteger su obra y su reputación. La capacidad de oponerse a modificaciones no autorizadas es crucial para mantener la integridad de la obra.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 21 del LFDA?

Los titulares de derechos morales tienen varias facultades, como decidir sobre la divulgación de su obra y exigir reconocimiento como autores. Este artículo detalla los derechos específicos que poseen.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 21 de la LEY del Derecho de Autor?

[IA] Los autores deben estar al tanto de sus facultades para proteger su obra y su reputación. La capacidad de oponerse a modificaciones no autorizadas es crucial para mantener la integridad de la obra.

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