LFDA

Artículo 140. Definicion de emision y transmision

Este articulo define la emision y transmision de obras a traves de diferentes medios. Incluye la comunicacion de sonidos e imagenes mediante ondas radioelectricas y otros procedimientos.

emisiontransmisionderechos de autor

Texto Legal

Se entiende por emisión o transmisión, la comunicación de obras, de sonidos o de sonidos con imágenes por medio de ondas radioeléctricas, por cable, fibra óptica u otros procedimientos análogos. El concepto de emisión comprende también el envío de señales desde una estación terrestre hacia un satélite que posteriormente las difunda.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante entender las definiciones de emision y transmision para aplicar correctamente los derechos de autor en medios digitales y tradicionales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 140 del LFDA?

Este articulo define la emision y transmision de obras a traves de diferentes medios. Incluye la comunicacion de sonidos e imagenes mediante ondas radioelectricas y otros procedimientos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 140 de la LEY del Derecho de Autor?

[IA] Es importante entender las definiciones de emision y transmision para aplicar correctamente los derechos de autor en medios digitales y tradicionales.

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