LFDA

Artículo 131. Remuneración por fonogramas

Los productores de fonogramas tienen derecho a recibir remuneración por el uso de sus obras con fines de lucro. Esto asegura una compensación justa por su trabajo.

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Texto Legal

Los productores de fonogramas tendrán el derecho de autorizar o prohibir:

I. La reproducción directa o indirecta, total o parcial de sus fonogramas, así como la explotación directa o indirecta de los mismos;

II. La importación de copias del fonograma hechas sin la autorización del productor;

III. La distribución pública del original y de cada ejemplar del fonograma mediante venta o cualquier otra forma de alcance general; Fracción reformada DOF 01-07-2020

IV. La adaptación o transformación del fonograma; Fracción reformada DOF 01-07-2020

V. El arrendamiento comercial del original o de una copia del fonograma, aún después de la venta del mismo, siempre y cuando no se lo hubieren reservado los autores o los titulares de los derechos patrimoniales; Fracción reformada DOF 01-07-2020

VI. La puesta a disposición del público del fonograma, de tal forma que los miembros del público puedan tener acceso a ellos desde el lugar y en el momento que cada uno de ellos elija, y Fracción adicionada DOF 01-07-2020

VII. La comunicación pública de sus fonogramas. Fracción adicionada DOF 01-07-2020

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los productores deben establecer mecanismos claros para la recolección de regalías. La falta de seguimiento puede resultar en pérdidas significativas de ingresos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 131 del LFDA?

Los productores de fonogramas tienen derecho a recibir remuneración por el uso de sus obras con fines de lucro. Esto asegura una compensación justa por su trabajo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 131 de la LEY del Derecho de Autor?

[IA] Los productores deben establecer mecanismos claros para la recolección de regalías. La falta de seguimiento puede resultar en pérdidas significativas de ingresos.

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