La Secretaría tramitará las solicitudes de expedición de títulos de obtentor, pudiendo requerir información adicional para verificar el cumplimiento de requisitos legales.
La Secretaría recibirá y tramitará las solicitudes de expedición de los títulos de obtentor. Para tal efecto, podrá requerir que se le entregue la variedad vegetal o su material de propagación en las cantidades que considere conveniente y, en su caso, los documentos e información complementarios que estime necesarios para verificar si se cumple con los requisitos legales, reglamentarios y las normas oficiales mexicanas.
Las solicitudes quedarán sin efecto de no cumplir el solicitante con los requerimientos que se le hubiesen formulado en un plazo de tres meses contado a partir de la notificación de dichos requerimientos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los solicitantes deben estar preparados para proporcionar la información requerida para evitar la nulidad de su solicitud.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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