LFVV

Artículo 34. Cancelación de inscripciones

La cancelación de una inscripción en el registro puede proceder en casos de transmisión de derechos, nulidad, caducidad o por orden judicial. Es importante conocer estos supuestos.

cancelacióninscripcionesderechos

Texto Legal

La cancelación de una inscripción en el registro procederá en cualquiera de los siguientes casos:

I.- Tratándose de transmisiones de derechos, cuando la soliciten conjuntamente el obtentor y la persona a la que se le haya transmitido el derecho respectivo;

II.- Por nulidad, caducidad o revocación;

III.- Por orden judicial, y

IV.- En los demás casos que se prevean en esta ley y en otros ordenamientos legales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Conocer las causas de cancelación puede ayudar a los obtentores a mantener sus derechos y evitar sorpresas desagradables en el futuro.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 34 del LFVV?

La cancelación de una inscripción en el registro puede proceder en casos de transmisión de derechos, nulidad, caducidad o por orden judicial. Es importante conocer estos supuestos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 34 de la LEY de Variedades Vegetales?

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