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Artículo 35. Efectos contra terceros

Para que los títulos de obtentor y la transmisión de derechos surtan efectos contra terceros, deben constar en el Registro. Esto asegura la protección legal de los derechos otorgados.

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Texto Legal

Para que surtan efectos contra terceros, tanto los títulos de obtentor como la transmisión de derechos, deberán constar en el Registro.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es fundamental que los obtentores registren sus derechos para protegerse de posibles infracciones. La falta de registro puede resultar en la pérdida de derechos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 35 del LFVV?

Para que los títulos de obtentor y la transmisión de derechos surtan efectos contra terceros, deben constar en el Registro. Esto asegura la protección legal de los derechos otorgados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 35 de la LEY de Variedades Vegetales?

[IA] Es fundamental que los obtentores registren sus derechos para protegerse de posibles infracciones. La falta de registro puede resultar en la pérdida de derechos.

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