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Artículo 70. Imposición de sanciones

La Secretaría considerará varios factores al imponer sanciones, incluyendo la gravedad de la infracción y la situación socioeconómica del infractor. Este enfoque busca ser justo y equitativo.

sancionesfactoresjusticia

Texto Legal

Para la imposición de sanciones la Secretaría tomará en cuenta la gravedad de la infracción, los daños y perjuicios causados, al igual que los antecedentes, circunstancias personales y

LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 11-05-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

situación socioeconómica del infractor, debiendo previamente conceder audiencia al interesado, en los términos que establezca el reglamento de la presente ley.

CAPITULO IV DEL RECURSO DE REVISION

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los productores deben ser conscientes de que su situación puede influir en las sanciones impuestas. Es recomendable documentar cualquier circunstancia atenuante que pueda ser presentada ante la Secretaría.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 70 del LFSV?

La Secretaría considerará varios factores al imponer sanciones, incluyendo la gravedad de la infracción y la situación socioeconómica del infractor. Este enfoque busca ser justo y equitativo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 70 de la LEY de Sanidad Vegetal?

[IA] Los productores deben ser conscientes de que su situación puede influir en las sanciones impuestas. Es recomendable documentar cualquier circunstancia atenuante que pueda ser presentada ante la Secretaría.

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