LFSV

Artículo 71. Recurso de revisión

Se establece el derecho a interponer un recurso de revisión contra las resoluciones de la Secretaría. Este mecanismo busca garantizar el debido proceso y la justicia administrativa.

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Texto Legal

Contra las resoluciones dictadas por la Secretaría con fundamento en esta ley, se podrá interponer el recurso de revisión dentro del término de quince días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

Los términos y condiciones relativos al recurso de revisión deberán apegarse a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Párrafo reformado DOF 26-07-2007

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los productores que se sientan agraviados por decisiones de la Secretaría deben conocer este recurso. Es recomendable actuar rápidamente, ya que hay plazos específicos para su presentación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 71 del LFSV?

Se establece el derecho a interponer un recurso de revisión contra las resoluciones de la Secretaría. Este mecanismo busca garantizar el debido proceso y la justicia administrativa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 71 de la LEY de Sanidad Vegetal?

[IA] Los productores que se sientan agraviados por decisiones de la Secretaría deben conocer este recurso. Es recomendable actuar rápidamente, ya que hay plazos específicos para su presentación.

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