LFSV

Artículo 42. Información sobre residuos de plaguicidas

La Secretaría proporcionará datos sobre niveles de residuos de plaguicidas a la autoridad competente. Esto es fundamental para establecer límites máximos de residuos en productos agrícolas.

residuosplaguicidasnormas
Texto vigente — Sin reformas posteriores al 11 de mayo de 2022. Verificado en 2026.

Texto Legal

La Secretaría proporcionará a la autoridad competente encargada de otorgar el registro, la información sobre los niveles de residuos obtenidos en los estudios de campo que contribuyan al establecimiento de los límites máximos de residuos de plaguicidas. Artículo reformado DOF 26-07-2007

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los productores conozcan los límites de residuos para evitar sanciones y asegurar la calidad de sus productos en el mercado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 42 del LFSV?

La Secretaría proporcionará datos sobre niveles de residuos de plaguicidas a la autoridad competente. Esto es fundamental para establecer límites máximos de residuos en productos agrícolas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 42 de la LEY de Sanidad Vegetal?

[IA] Es importante que los productores conozcan los límites de residuos para evitar sanciones y asegurar la calidad de sus productos en el mercado.

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