La Secretaría puede requerir información sobre el uso de insumos fitosanitarios, incluyendo volúmenes y cultivos. Esta información es vital para el monitoreo y control de plagas.
La Secretaría podrá solicitar a los propietarios de los registros de los insumos fitosanitarios o de nutrición vegetal, información sobre el uso fitosanitario relacionada con los volúmenes de aplicación, cultivos, regiones, plagas por cada producto registrado. Artículo adicionado DOF 26-07-2007
LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 11-05-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las empresas deben tener un registro detallado de sus aplicaciones de insumos, ya que esto facilitará la respuesta ante requerimientos de la Secretaría.
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Art. 42. Información sobre residuos de plaguicidas
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