La Secretaría establecerá procedimientos para certificar la efectividad biológica y el uso adecuado de insumos fitosanitarios. Esto asegura la calidad y seguridad en el manejo agrícola.
La Secretaría establecerá a través de normas oficiales mexicanas y demás disposiciones legales aplicables:
I. Los procedimientos para certificar, dictaminar y evaluar la efectividad biológica;
II. Los procedimientos para la aplicación, uso y manejo en el campo;
III. Las especificaciones para realizar los estudios de campo para el establecimiento de límites máximos de residuos; y
IV. Las especificaciones fitosanitarias y de buen uso que deberán observarse en apego a lo establecido en el dictamen técnico de efectividad biológica. Artículo reformado DOF 26-07-2007
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los productores deben estar al tanto de los procedimientos de certificación para garantizar la calidad de sus insumos. La efectividad biológica es clave para el éxito agrícola.
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Art. 37 bis. Aviso de inicio de actividades fitosanitarias
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Art. 39. Dictamen de efectividad biológica
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