LFSV

Artículo 29. Responsabilidades de agentes aduanales

Los agentes aduanales y quienes importen mercancías deben asegurar el cumplimiento de las disposiciones de sanidad vegetal. Esto incluye la verificación de certificados correspondientes para evitar riesgos fitosanitarios.

agentes aduanalessanidad vegetalimportaciones

Texto Legal

Los agentes aduanales, así como quienes importen o movilicen alguna o varias de las mercancías enunciadas en el artículo 23, serán responsables de vigilar que se cumplan las disposiciones legales aplicables en materia de sanidad vegetal o de sistemas de reducción de riesgos de vegetales, y en su caso, que existan los certificados correspondientes. Artículo reformado DOF 26-07-2007

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los agentes aduanales estén bien informados sobre las normativas fitosanitarias para evitar sanciones. Se recomienda mantener una comunicación constante con las autoridades sanitarias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 29 del LFSV?

Los agentes aduanales y quienes importen mercancías deben asegurar el cumplimiento de las disposiciones de sanidad vegetal. Esto incluye la verificación de certificados correspondientes para evitar riesgos fitosanitarios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 29 de la LEY de Sanidad Vegetal?

[IA] Es crucial que los agentes aduanales estén bien informados sobre las normativas fitosanitarias para evitar sanciones. Se recomienda mantener una comunicación constante con las autoridades sanitarias.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 29 del LFSV?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 29 LFSV desde tu celular