Para la importación de vegetales y productos regulados, se deben cumplir requisitos fitosanitarios establecidos en normas oficiales. Este artículo enfatiza la importancia de la regulación en el comercio agrícola.
Para la importación de vegetales, sus productos o subproductos que estén contemplados en el acuerdo de fracciones arancelarias, reguladas por la Secretaría y la Secretaría de Economía, deberán cumplirse los requisitos fitosanitarios establecidos, en las normas oficiales mexicanas, hojas de requisitos fitosanitarios o planes de trabajo binacionales. La Secretaría determinará mediante el Reglamento de ésta Ley, los supuestos en los que se establecerán dichos requisitos.
LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 11-05-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
El interesado deberá obtener previamente las hojas de requisitos fitosanitarios para los vegetales, sus productos y subproductos que pretende ingresar al país y comprobar su cumplimiento. Artículo adicionado DOF 26-07-2007
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los interesados deben obtener y cumplir con las hojas de requisitos fitosanitarios para evitar contratiempos en la importación de productos agrícolas.
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