LFRA

Artículo 31. Medidas preventivas y correctivas

La autoridad jurisdiccional debe ordenar a la Secretaría y a la Procuraduría la imposición inmediata de medidas preventivas y correctivas en el ámbito de sus atribuciones. Esto asegura una respuesta rápida ante daños ambientales.

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Texto Legal

La autoridad jurisdiccional que conozca de las acciones y demandas a que hace referencia el presente Capítulo, deberá ordenar a la Secretaría y a la Procuraduría, a efecto de que imponga inmediatamente las medidas preventivas y correctivas procedentes en el ámbito de sus atribuciones.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que las empresas estén al tanto de las medidas que pueden ser impuestas por la autoridad, ya que la inacción puede resultar en sanciones severas. Mantener una comunicación constante con las autoridades ambientales es recomendable.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 31 del LFRA?

La autoridad jurisdiccional debe ordenar a la Secretaría y a la Procuraduría la imposición inmediata de medidas preventivas y correctivas en el ámbito de sus atribuciones. Esto asegura una respuesta rápida ante daños ambientales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 31 de la LEY de Responsabilidad Ambiental?

[IA] Es crucial que las empresas estén al tanto de las medidas que pueden ser impuestas por la autoridad, ya que la inacción puede resultar en sanciones severas. Mantener una comunicación constante con las autoridades ambientales es recomendable.

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