El articulo 46 establece que se considera invencion toda creacion humana que transforma materia o energia para el aprovechamiento humano. Este concepto es fundamental para entender el alcance de la proteccion de las invenciones en la ley.
Se considera invención toda creación humana que permita transformar la materia o la energía que existe en la naturaleza, para su aprovechamiento por el hombre y satisfacer sus necesidades concretas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es esencial para la comprension de lo que se considera invencion bajo la ley. Es importante que los inventores y abogados comprendan esta definicion para evitar confusiones en el proceso de patentamiento.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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