LFPPI

Artículo 47. Exclusiones de invenciones

El articulo 47 detalla las creaciones que no se consideran invenciones, incluyendo descubrimientos y obras artisticas. Estas exclusiones son cruciales para determinar la patentabilidad de una idea o producto.

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Texto Legal

No se considerarán invenciones, en particular:

I.- Los descubrimientos, las teorías científicas o sus principios;

II.- Los métodos matemáticos;

III.- Las obras literarias, artísticas o cualquier otra creación estética;

IV.- Los esquemas, planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, para juegos o para actividades económico-comerciales o para realizar negocios;

V.- Los programas de computación;

VI.- Las formas de presentar información;

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VII.- El material biológico y genético, tal como se encuentra en la naturaleza, y

VIII.- La yuxtaposición de invenciones conocidas o combinación de productos conocidos, salvo que se trate de su combinación o fusión que no pueda funcionar separadamente o que las cualidades o funciones características de las mismas sean modificadas para obtener un resultado industrial o un uso no obvio para un técnico en la materia.

No se considerará invención la materia prevista en las fracciones I a VIII anteriores, cuando en la solicitud exclusivamente se reclame ésta como talo en sí misma.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer las exclusiones es vital para evitar la presentacion de solicitudes de patente que no cumplan con los requisitos. Los abogados deben asesorar a sus clientes sobre lo que no puede ser patentado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 47 del LFPPI?

El articulo 47 detalla las creaciones que no se consideran invenciones, incluyendo descubrimientos y obras artisticas. Estas exclusiones son cruciales para determinar la patentabilidad de una idea o producto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 47 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

Conocer las exclusiones es vital para evitar la presentacion de solicitudes de patente que no cumplan con los requisitos. Los abogados deben asesorar a sus clientes sobre lo que no puede ser patentado.

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