LFPPI

Artículo 337. Resolucion de incidentes

En el procedimiento de declaracion administrativa, no se sustanciaran incidentes de previo y especial pronunciamiento, lo que simplifica el proceso. Las resoluciones se emitiran al final del procedimiento.

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Texto Legal

En el procedimiento de declaración administrativa no se sustanciarán incidentes de previo y especial pronunciamiento sino que se resolverán al emitirse la resolución que proceda.

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La simplificacion del procedimiento puede acelerar los tiempos de resolucion, pero es importante estar preparado para presentar todos los argumentos en la fase final.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 337 del LFPPI?

En el procedimiento de declaracion administrativa, no se sustanciaran incidentes de previo y especial pronunciamiento, lo que simplifica el proceso. Las resoluciones se emitiran al final del procedimiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 337 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

[IA] La simplificacion del procedimiento puede acelerar los tiempos de resolucion, pero es importante estar preparado para presentar todos los argumentos en la fase final.

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