LFPPI

Artículo 20. Aviso informativo de notificación

Al realizar una notificación por Gaceta, se enviará un aviso informativo al solicitante. La notificación se considera realizada con su publicación.

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Texto Legal

Cuando se efectúe una notificación por Gaceta se enviará un aviso informativo al solicitante, en la misma fecha de su publicación.

Las notificaciones se entenderán realizadas con su sola publicación en la Gaceta, con independencia del envío y recepción del aviso al que se refiere el presente artículo.

El aviso deberá contener, cuando menos, el número de expediente, la fecha y número de oficio, la descripción general del asunto y el enlace electrónico al documento, en su caso. El aviso podrá estar relacionado con uno o más expedientes.

El Instituto dará a conocer mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial, los medios tecnológicos a través de los cuales se enviará el aviso.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Aunque se envíe un aviso, la publicación en la Gaceta es el acto que formaliza la notificación. Es recomendable verificar la Gaceta para confirmar la recepción de notificaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 20 del LFPPI?

Al realizar una notificación por Gaceta, se enviará un aviso informativo al solicitante. La notificación se considera realizada con su publicación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 20 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

Aunque se envíe un aviso, la publicación en la Gaceta es el acto que formaliza la notificación. Es recomendable verificar la Gaceta para confirmar la recepción de notificaciones.

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