Las condiciones de una licencia obligatoria pueden ser modificadas por el Instituto a petición del titular o licenciatario, si hay causas justificadas. Esto permite adaptarse a cambios en el mercado.
A petición del titular de la patente o de la persona que goce de la licencia obligatoria, las condiciones de ésta podrán ser modificadas por el Instituto cuando lo justifiquen causas supervenientes y, en particular, cuando el titular de la patente haya concedido licencias contractuales más favorables que la licencia obligatoria. El Instituto resolverá sobre la modificación de las condiciones de la licencia obligatoria, previa audiencia de las partes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La flexibilidad en las condiciones de las licencias obligatorias puede ser beneficiosa para ambas partes. Estar al tanto de las causas que justifican modificaciones es clave para una gestión efectiva.
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