La explotación de una patente por un licenciatario se considera realizada por el titular, salvo en licencias obligatorias. Esto implica que los beneficios de la explotación se atribuyen al titular.
La explotación de la patente o registro realizada por la persona que tenga concedida una licencia, se considerará como realizada por su titular, salvo el caso de licencias obligatorias.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los titulares deben tener claro que la explotación por parte de licenciatarios puede impactar sus derechos. Mantener un control sobre las actividades de los licenciatarios es crucial.
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