La solicitud de certificado complementario debe contener información específica, incluyendo el número de expediente y argumentos sobre su procedencia. La falta de requisitos puede llevar al desechamiento de la solicitud.
La solicitud deberá contener:
I.- El número de expediente, fecha de presentación y fecha de la comunicación a la que se refiere el segundo párrafo del artículo 110 de esta Ley;
II.- Los argumentos del solicitante sobre la procedencia del certificado complementario, y
III.- El pago de la tarifa correspondiente.
Si el Instituto advierte la ausencia o deficiencia de alguno de los requisitos señalados en este artículo, requerirá por única vez al interesado para que dentro del plazo de cinco días, precise o aclare lo que se considere necesario, o subsane omisiones. De no cumplimentarse el requerimiento formulado dentro del plazo señalado, la solicitud se desechará de plano.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Asegúrese de que su solicitud esté completa y cumpla con todos los requisitos para evitar retrasos innecesarios. Revisar la documentación antes de presentar puede ser clave para el éxito.
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Art. 129. Solicitud de certificado complementario
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