LFPPI

Artículo 120. Publicación del título de patente

Una vez otorgada la patente, el Instituto procederá a su publicación en la Gaceta, asegurando la transparencia del proceso. Esta publicación es un paso final en el reconocimiento de derechos.

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Texto Legal

Otorgada la patente, el Instituto procederá a su publicación en la Gaceta. Dicha publicación contendrá la información a que se refieren los artículos 94 fracción VI y 119 de esta Ley.

Capítulo VII De la Renuncia, Rectificación y Limitación de Derechos

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La publicación en la Gaceta es un paso importante que formaliza el otorgamiento de la patente. Los titulares deben estar atentos a esta publicación para asegurar su correcta difusión.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 120 del LFPPI?

Una vez otorgada la patente, el Instituto procederá a su publicación en la Gaceta, asegurando la transparencia del proceso. Esta publicación es un paso final en el reconocimiento de derechos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 120 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

La publicación en la Gaceta es un paso importante que formaliza el otorgamiento de la patente. Los titulares deben estar atentos a esta publicación para asegurar su correcta difusión.

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