LFPPI

Artículo 103. Transformación de solicitudes

El solicitante puede transformar la solicitud de patente en una de modelo de utilidad o diseño industrial, siempre que se realice dentro de un plazo específico. Esto permite ajustar la solicitud a la naturaleza de la invención.

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Texto Legal

El solicitante podrá transformar la solicitud de patente en una de registro de modelo de utilidad o de diseño industrial y viceversa, cuando del contenido de la solicitud se infiera que éste no concuerda con lo solicitado.

El solicitante solo podrá efectuar la transformación de la solicitud dentro de los dos meses siguientes a la fecha de recepción o dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que el Instituto le requiera para que la transforme, siempre y cuando la solicitud no se haya abandonado. En caso de que el solicitante no transforme la solicitud dentro del plazo concedido por el Instituto, ésta se tendrá por abandonada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La transformación de solicitudes es una opción valiosa para adaptarse a cambios en la estrategia de protección. Los solicitantes deben actuar rápidamente para no perder la oportunidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 103 del LFPPI?

El solicitante puede transformar la solicitud de patente en una de modelo de utilidad o diseño industrial, siempre que se realice dentro de un plazo específico. Esto permite ajustar la solicitud a la naturaleza de la invención.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 103 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

La transformación de solicitudes es una opción valiosa para adaptarse a cambios en la estrategia de protección. Los solicitantes deben actuar rápidamente para no perder la oportunidad.

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