Este articulo establece los criterios para determinar el mercado relevante, considerando sustitutos, costos de distribución y restricciones normativas. Es fundamental para evaluar la competencia en el mercado.
Para la determinación del mercado relevante, deberán considerarse los siguientes criterios:
I. Las posibilidades de sustituir el bien o servicio de que se trate por otros, tanto de origen nacional como extranjero, considerando las posibilidades tecnológicas, en qué medida los consumidores cuentan con sustitutos y el tiempo requerido para tal sustitución;
II. Los costos de distribución del bien mismo; de sus insumos relevantes; de sus complementos y de sustitutos desde otras regiones y del extranjero, teniendo en cuenta fletes, seguros, aranceles y restricciones no arancelarias, las restricciones impuestas por los agentes económicos o por sus asociaciones y el tiempo requerido para abastecer el mercado desde esas regiones;
III. Los costos y las probabilidades que tienen los usuarios o consumidores para acudir a otros mercados;
IV. Las restricciones normativas de carácter federal, local o internacional que limiten el acceso de usuarios o consumidores a fuentes de abasto alternativas, o el acceso de los proveedores a clientes alternativos;
V. Los demás que se establezcan en las Disposiciones Regulatorias, así como los criterios técnicos que para tal efecto emita la Comisión.
Sección II De la Determinación del Poder Sustancial o Poder Sustancial Conjunto Denominación de la Sección reformada DOF 16-07-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La correcta identificación del mercado relevante es crucial para cualquier análisis de competencia. Los contadores y abogados deben estar atentos a los criterios establecidos para evitar sanciones.
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