La persona titular de la Autoridad Investigadora debe actuar con independencia, profesionalismo e imparcialidad, siguiendo principios de legalidad y transparencia. Este articulo establece estándares éticos importantes.
En el desempeño de su encargo, la persona titular de la Autoridad Investigadora será independiente en sus decisiones y funcionamiento, profesional en su desempeño e imparcial en sus actuaciones, sujetándose a los principios de legalidad, objetividad, certeza, honestidad, exhaustividad y transparencia, así como a las reglas de contacto que se establezcan en el estatuto orgánico. Artículo reformado DOF 16-07-2025
Capítulo IV De la Responsabilidad de la Persona Titular de la Autoridad Investigadora Denominación del Capítulo reformada DOF 16-07-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La independencia y profesionalismo de la Autoridad Investigadora son esenciales para mantener la confianza en el sistema de competencia. Las empresas deben estar al tanto de estas normas para garantizar un trato justo.
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