Este articulo establece que las quejas o denuncias contra la persona titular de la Autoridad Investigadora serán resueltas por el Órgano Interno de Control una vez que se hayan finalizado los trámites correspondientes.
Cuando las quejas o denuncias se presenten en contra de la persona titular de la Autoridad Investigadora, el Órgano Interno de Control resolverá lo conducente únicamente cuando el trámite de los casos a los que se refieran las denuncias haya finalizado. Artículo reformado DOF 27-01-2017, 16-07-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que los abogados y contadores conozcan el procedimiento para presentar quejas, ya que esto puede influir en la percepción pública y la efectividad de la Autoridad Investigadora.
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