LFCE

Artículo 110 Bis. Aviso de cuestiones relevantes

El Ejecutivo Federal puede avisar a la Comision sobre asuntos relevantes para el interes nacional en competencia economica, y la Comision debe emitir un acuerdo en un plazo de diez dias habiles. Esto asegura una respuesta oportuna a temas críticos.

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Texto Legal

En cualquier momento, la persona titular del Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría, podrá dar aviso a la Comisión respecto de cuestiones relevantes para el interés nacional en materia de libre concurrencia y competencia económica.

En estos casos, la Comisión emitirá un acuerdo pronunciándose respecto de la cuestión planteada en un plazo no mayor a diez días hábiles. Artículo adicionado DOF 16-07-2025

TÍTULO V DE LAS REGLAS GENERALES APLICABLES A LOS PROCEDIMIENTOS

Capítulo I De la Representación

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo permite una interaccion directa entre el Ejecutivo y la Comision, lo que puede influir en decisiones importantes en materia de competencia. Los profesionales deben estar atentos a estos avisos, ya que pueden tener implicaciones significativas para las empresas en el mercado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 110 Bis del LFCE?

El Ejecutivo Federal puede avisar a la Comision sobre asuntos relevantes para el interes nacional en competencia economica, y la Comision debe emitir un acuerdo en un plazo de diez dias habiles. Esto asegura una respuesta oportuna a temas críticos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 110 Bis de la LEY de Competencia Económica?

Este articulo permite una interaccion directa entre el Ejecutivo y la Comision, lo que puede influir en decisiones importantes en materia de competencia. Los profesionales deben estar atentos a estos avisos, ya que pueden tener implicaciones significativas para las empresas en el mercado.

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