LFAFE

Artículo 87 Ter. Modificacion de datos de armas

Se penaliza con tres a seis años de prision a quienes modifiquen o destruyan datos de identificacion de armas. Este articulo busca mantener la trazabilidad del armamento.

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Texto Legal

Se impondrá de tres a seis años de prisión y de cien a doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a la persona que de manera ilícita marque, modifique o destruya cualquier dato de identificación de un arma, como el número de matrícula o número de serie de fabricación, el número único de arma, fabricante y lugar de fabricación, o cualquier otro dato consignado de fábrica en el arma para su identificación o rastreo. Artículo adicionado DOF 29-05-2025

LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 29-05-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante que las empresas mantengan registros precisos de las armas para evitar problemas legales relacionados con la identificacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 87 Ter del LFAFE?

Se penaliza con tres a seis años de prision a quienes modifiquen o destruyan datos de identificacion de armas. Este articulo busca mantener la trazabilidad del armamento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 87 Ter de la LEY de Armas de Fuego y Explosivos?

Es importante que las empresas mantengan registros precisos de las armas para evitar problemas legales relacionados con la identificacion.

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