Se establecen penas de tres a diez años de prision por la posesion ilegal de piezas de armas. Este articulo busca regular el acopio de componentes de armamento.
A la persona que posea, porte, comercie, transporte o introduzca ilícitamente al territorio nacional, hasta siete piezas o componentes de un arma, se le impondrán:
I.- De tres a cinco años de prisión cuando se trate de piezas o componentes de las armas comprendidas en el artículo 9o. de esta Ley;
II.- De cuatro a seis años de prisión cuando se trate de piezas o componentes de las armas comprendidas en los incisos a) o b) del artículo 11 de esta Ley, y
III.- De cinco a diez años de prisión cuando se trate de cualquiera de las otras armas comprendidas en el artículo 11 de esta Ley.
Son piezas o componentes todas aquellas partes o elementos específicamente concebidos para un arma e indispensables para su funcionamiento, incluidos el cañón, la caja o el cajón, cerrojo o tambor, cierre o bloqueo de cierre, y todo dispositivo concebido o adaptado para disminuir el sonido causado por el disparo de un arma. Artículo adicionado DOF 29-05-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las empresas deben ser cautelosas al manejar piezas de armas, asegurando que su posesion sea legal y documentada.
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