El acopio de piezas de armas se sanciona con penas de cuatro a doce años de prision, dependiendo del tipo de arma. Este articulo busca prevenir el trafico de componentes.
A la persona que haga acopio de piezas o componentes de armas, se le sancionará con:
I.- Prisión de cuatro a seis años, cuando se trate de piezas o componentes de las armas comprendidas en el artículo 9o. de esta Ley;
II.- Prisión de seis a ocho años, si las armas están comprendidas en los incisos a) o b) del artículo 11 de esta Ley, y
III.- Prisión de seis a doce años, si se trata de cualquiera otra de las armas comprendidas en el artículo 11 de esta Ley.
Para efectos de este artículo se entiende por acopio la posesión o portación de más de siete piezas o componentes de armas. Artículo adicionado DOF 29-05-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las empresas deben implementar controles estrictos para la posesion de piezas de armas, evitando acumulaciones que puedan ser ilegales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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