Los adjudicatarios de armas deben solicitar un permiso dentro de los quince días posteriores a la adjudicación. Esto asegura un control adecuado sobre la posesión de armas.
En los casos de adjudicación judicial o administrativa de armas, objetos y materiales a que se refiere esta Ley, el adjudicatario, dentro de los quince días siguientes, deberá solicitar el permiso correspondiente para disponer de los mismos, indicando el destino que pretenda darles.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es fundamental cumplir con el plazo de quince días para evitar problemas legales. Se recomienda llevar un registro de las fechas importantes relacionadas con la adjudicación.
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