Toda persona que adquiera armas debe notificar a la Secretaría en un plazo de treinta días naturales, proporcionando detalles específicos del armamento. Esta obligación es crucial para el control de armamento.
Toda persona que adquiera una o más armas está obligada a manifestarlo a la Secretaría en un término de treinta días naturales a partir de la adquisición. La manifestación se hará por escrito, indicando, tipo, calibre, marca, modelo, matrícula y uso. Artículo reformado DOF 08-02-1985, 29-05-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los contadores y abogados deben asesorar a sus clientes sobre esta obligación para evitar sanciones. La documentación adecuada es esencial.
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