Las personas físicas deben declarar un único domicilio de residencia permanente para el control de la posesión de armas. Esto es clave para la regulación y seguimiento de armamento.
Para los efectos del control de la posesión de armas, las personas físicas deben manifestar un único domicilio de residencia permanente para sí y sus familiares. Artículo reformado DOF 29-05-2025
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es recomendable que los propietarios de armas mantengan actualizada su información de residencia para evitar inconvenientes legales.
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Art. 15. Posesión de armas en el domicilio
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Art. 17. Obligación de manifestar adquisición de armas
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