Los concesionarios con poder sustancial deben acordar condiciones y precios para contenidos radiodifundidos. En caso de desacuerdo, la Comisión fijará la tarifa.
Los concesionarios a que se refiere el artículo anterior, deberán acordar las condiciones y precios de los contenidos radiodifundidos o de la retransmisión. En caso de diferendo, la Comisión determinará la tarifa bajo los principios que garanticen el desarrollo eficiente del sector.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es recomendable que los concesionarios mantengan registros claros de las negociaciones sobre precios para facilitar la resolución de conflictos. La transparencia es clave.
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