LMTR

Artículo 157. Sanciones por gratuidad indebida

La Comisión puede revocar concesiones a agentes preponderantes que se beneficien de la gratuidad de contenidos. Esto incluye sanciones a otros concesionarios involucrados.

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Texto Legal

La Comisión sancionará con la revocación de la concesión a los Agentes Económicos Preponderantes o con poder sustancial que se beneficien directa o indirectamente de la regla de gratuidad, a través de otros concesionarios, sin perjuicio del pago de las contraprestaciones que correspondan. También se revocará la concesión a estos últimos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los concesionarios deben estar atentos a las prácticas de mercado para evitar sanciones. La vigilancia de la normativa es esencial para la continuidad del negocio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 157 del LMTR?

La Comisión puede revocar concesiones a agentes preponderantes que se beneficien de la gratuidad de contenidos. Esto incluye sanciones a otros concesionarios involucrados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 157 de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodif...?

Los concesionarios deben estar atentos a las prácticas de mercado para evitar sanciones. La vigilancia de la normativa es esencial para la continuidad del negocio.

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