LSNIEG

Artículo 8. Participación de Unidades del Estado

Las Unidades del Estado participarán en el Sistema a través de diversos comités. Esto promueve la colaboración y el intercambio de información entre diferentes niveles de gobierno.

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Texto Legal

Las Unidades del Estado participarán en el Sistema a través de:

I. El Consejo Consultivo Nacional;

II. Los Comités Ejecutivos de los Subsistemas, y

III. Los Comités Técnicos Especializados.

El Instituto deberá emitir las disposiciones generales para regular el funcionamiento de los órganos colegiados a que se refieren las fracciones anteriores.

CAPÍTULO II De la Programación

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La participación activa en los comités es crucial para el éxito del Sistema. Se recomienda que las Unidades del Estado designen representantes capacitados para estas funciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 8 del LSNIEG?

Las Unidades del Estado participarán en el Sistema a través de diversos comités. Esto promueve la colaboración y el intercambio de información entre diferentes niveles de gobierno.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 8 de la LEY del Sistema Nacional de Información Estadís...?

La participación activa en los comités es crucial para el éxito del Sistema. Se recomienda que las Unidades del Estado designen representantes capacitados para estas funciones.

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