Los datos proporcionados por los Informantes son confidenciales y no estan sujetos a la Ley de Transparencia. El Instituto debe seguir las disposiciones de esta Ley para su manejo.
Los datos que proporcionen los Informantes del Sistema, serán confidenciales en términos de esta Ley y de las reglas generales que conforme a ella dicte el Instituto.
La Información no queda sujeta a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, sino que se dará a conocer y se conservará en los términos previstos en la presente Ley.
Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, el Instituto, respecto de la información correspondiente a su gestión administrativa, quedará sujeto a lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
SECCIÓN II De las Inspecciones a los Informantes del Sistema
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que las Unidades comprendan las limitaciones en la divulgacion de datos. La gestion adecuada de la informacion confidencial es esencial para mantener la integridad del sistema.
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Art. 46. Confidencialidad de los datos
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Art. 48. Inspecciones para verificar autenticidad
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